Se dictó sentencia Interlocutoria declarándose CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada DELIA RAQUEL PEREZ MARTIN DE ANZOLA, en su condición de Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en la causa signada con el alfanumérico KP02-R-2005-000531, referente al juicio de Ejecución de Hipoteca, incoado por CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, contra los ciudadanos JHONDER NAZARENO BRICEÑO ROJO y RITA JOSEFINA CEDEÑO DE BRICEÑO. Se ordenó remitir las actuaciones a la U.R.D.D, con vista de esta declaratoria con lugar, a fin de que proceda a su distribución al juzgado que correspondió el conocimiento de la causa principal. Remítase con oficio, copia certificada de la decisión a la Juez Inhibida, así como a los Jueces Superiores: Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y al Juez Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.