DECISION
Por virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior Segundo en la Civil y Mercantil del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTEMPORÁNEO EL RECURSO DE HECHO interpuesto por la ciudadana CARMEN CRISTINA CAÑIZALEZ ESPINOZA, asistida por la Abogada MIRELVIS PAOLA PEREZ MENDOZA, todos plenamente identificados en autos, contra el auto dictado en fecha 05 DE MAYO DEL AÑO 2014, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL ESTADO LARA.
Déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Se acuerda remitir mediante oficio copia certificada de la presente sentencia al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara
Publíquese, regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Su.....