Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Oscar Silva, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
SEGUNDO: se REPONE la causa al estado de que el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil de este Circuito y Circunscripción Judicial realice cómputo de los días transcurridos para dar contestación a la demanda a partir de la fecha en que quedo debidamente citado el ciudadano Ramón Gibson, esto es desde el 10/08/2023 inclusive.
TERCERO: Queda así MODIFICADA la decisión recurrida por los argumentos aquí expuestos.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, conforme a las previsiones del artículo 281 del Código de Procedimiento Ci.....