Por las razones expuestas, este Tribunal de Ejecución Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal Venezolano en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, declara LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y LA LIBERTAD PLENA del ciudadano RAFAEL ENRIQUE SANCHEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 17.013.678, venezolano, mayor de edad, indocumentado, nacido el 22/01/1984, domiciliado en Calles 41 y 42 con carrera 31 casa nº 41-46, Barquisimeto, Estado Lara; por cumplimiento total de la condena impuesta en fecha 25 de enero de 2007, por el Tribunal de Control Nº 8, del Circuito Judicial Penal del estado Lara, por la comisión del delito de distribución de Sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo.....