En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado N° 5 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguientes pronunciamiento: Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra el ciudadano RAFAEL ALONSO LUNA CANELON, ampliamente identificado en autos de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, y Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, contenida en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del mencionado Código, como es la presentación cada 15 días por ante la URDD de esta Circuito Judicial Penal y Prohibición de Salida del Estado Lara, al ciudadano ORLANDO RAMÓN PÉREZ MELÉNDEZ, por la presunta comisión del delito del delitos de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Sobre Sustanci.....