esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con los artículos 157 del Código Orgánico Procesal Penal y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el recurso de apelación contra sentencia definitiva, incoado por la ciudadana abogada Dios Gracia Vera, quien funge como defensora privada del ciudadano procesado Edgar José Blanca Isaac. SEGUNDO: Se ANULA, de conformidad con los artículos 156 y ss., del Código Orgánico Procesal Penal la decisión emitida por el Tribunal 4º de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, en fecha 14 de febrero de 2014 y fundamentada en fecha 21 de abril de 2014, y mediante la cual, la juzgadora emite sentencia condenatoria, consistente en quince (15) años de prisión, en contra del ciudadan.....