Se dictó sentencia interlocutoria reponiendo la causa al estado que se realice la Audiencia Preliminar, ya que no se cumplieron los lapso de suspensión de la causa. Se anuló todo lo actuado desde el 06 de Agosto de 2007 hasta la presente fecha. Se ordenó remitir el expediente a los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución.