En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Militar Segundo de Control con sede en Caracas, dictada y publicada en fecha tres (03 ) de julio de 2014, en contra de los ciudadanos penados: CABO SEGUNDO PIRELA HERRERA FEMAR HANOY, titular de la cédula de identidad N° V-20.820.368, CABO SEGUNDO MARTINEZ HERNANDEZ VICTOR, titular de la cédula de identidad N° V- 20.831.700 y CABO SEGUNDO GUERRA VICTOR JAVIER, titular de la cédula de identidad N° V- 24.716.480, quienes fueron condenados a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, más las penas accesorias señaladas en los numerales 1º Y 2º del artículo 407 del C.....