Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS quien en vida se llamara CARMEN LUISA ARA DE FERNANDEZ, a los ciudadanos YASIBIT JOSEFINA FERNANDEZ DE SARMIENTO, ONEIDA JANET FERNANDEZ ARA, WUILMER JOSÈ FERNANDEZ ARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.008.410, V-13.216.384, V-10.552.868, respectivamente, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones a la solicitante.
Dada, Firmada y Sellada en la Sede donde Despacha el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor.....