En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana ANKE HUGUETTE PERRONI APONTE y PAUL MANUEL SUEGART SIVERIO, a fin de que aparezca en dicha acta de matrimonio, el nombre del padre de la solicitante de la siguiente manera "FRANCISCO ALFONSO PERRONI VACCARO", en lugar de "FRANCISCO PERRONI VACCARO", por lo que una vez ejecutoriada la presente decisión, se ordena insertar esta Sentencia en el Libro de Registro de Matrimonios llevado por este Juzgado durante el año 1.996, por ser la autoridad que celebró el mismo, y estampar la correspondiente nota marginal en el acta Nº 44, de fecha 29 de agosto del año 1.996, folios del 116 al vuelto del 117, del Libro de Registro de Matrimonios llevado durante el año 1.996, conforme a lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, reg.....