DISPOSITIVA
Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado Militar Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Barquisimeto, estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana Rigal Castelly Ana María, titular de la cedula de identidad N° V-17.574.380, contra la ciudadana Primer Teniente Alicia Irene Riera Camacaro, Defensora Pública Militar del estado Lara, y los ciudadanos Sargento Mayor de Tercera Valdemar de Jesús Peña Aguilar, titular de la cédula de identidad número V-14887876, Sargento Primero José Román Silva Acurero titular de la cédula de identidad número V-18135562 y Sargento Primero Yhonjeiver Vélez Toro titular de la cédula de identidad número V-18811437, quienes desempeñan sus labores en consultoría jurídica del Comando de Zona N° 12, por cuanto el h.....