DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 631 literal a de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda el Traslado del joven RESERVADO, al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Líbrense la correspondiente boleta de Traslado. Notifíquese de lo decidido a la representante legal del joven adulto a la Defensa y al Fiscal 24 del Ministerio Público.
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario