Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que me confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución Nacional, en concordancia con lo establecido en los artículos 12, 15, 136 y 166 del Código de Procedimiento Civil, así como los artículos 3 y 4 de la Ley de Abogados, DECLARA: INADMISIBLE la presente causa de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL presentado por el ciudadano YVAN ALEXANDER MURATTI LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-17.210.151, en su carácter de apoderado de la parte demandante ciudadanos ANA TRINIDAD LOPEZ y ALQUIMIDES BENITO MURATTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad bajo l.....