Del análisis detenido del libelo de la demanda, este Juzgador puede constatar que el accionante pretende a través de la misma, que se admita la presente demanda, por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito, que de la revisión documental anexa al libelo de demanda se puede constatar que se trata de predio agrícola y Minero. En consecuencia observa quien decide que se trata de un inmueble de explotación agrícola y Minera, del cual no consta que haya sido declarado como urbano o de uso urbano, sobre el cual no puede resolverse por un juzgado ordinario y a través de un procedimiento que no contiene las garantías y el programa axiológico consagrado por la competencia especial agraria. En consecuencia, este Tribunal carece de competencia por la materia para conocer y decidir la presente causa. ASI SE DECIDE.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicia.....