Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídico previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: CON LUGAR, el presente acto como el acto formal de imputación, en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO YSIDRO JOSE LEON NADALES, titular de la cedula de identidad N° 23.582.515, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, Articulo 519, y ABANDONO DE SERVICIO, Previsto en el Articulo 534, y sancionado en el artículo 537, con las agravantes establecidas en el artículo 402 ordinal 1 y 16. Todos los Ut supra artículos .....