DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la OPOSICION DE PRUEBA, incoada por el Abogado JOSE LUIS VILLEGAS LABRADOR, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA EUCARIS MARTINEZ DE CALLE, parte demandada en Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por la ciudadana MARIA MERCEDES FERNANDEZ M., actuando en ejercicio de sus propios derechos y en su carácter de Presidente de la Empresa INVERSIONES 747, C.A, contra la ciudadana MARIA EUCARIS MARTINEZ DE CALLE, todas antes identificadas.
En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su valoración en la sentencia del merito. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.