DISPOSITIVA
                          Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR  la pretensión  intentada por  los ciudadanos: JOSEFA RAMONA  RIVAS  DE  FREITEZ,  MIRIAN GEMA  FREITEZ  RIVAS,  FRANCIA  ANTONIA  FREITEZ RIVAS,  HERNAN JOSE  FREITEZ  RIVAS,  WILFREDO ANTONIO  FREITEZ  RIVAS Y  EDECIO RAMON  FREITEZ  RIVAS,   en su  condición  de  Sucesores   de  Antonio  José  Freítez,  representados por su  Apoderado Judicial, Abogado  OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ,  en contra  del CENTRO SOCIAL  DEPORTIVO "LA PASTORA", representado por  JOSE AGUSTIN LOPEZ, representado  por  la  Defensor  Ad Litem:  Abogada  SMAILY ASUAJE BARRIOS,  todos  identificados en autos. En consecuencia se  ordena el desalojo y consecuente entrega a la parte actora del inmueble ubicado en esta  ciudad  de  Barquisimeto,  en  la  carrera  28 entre  calles   26 y  27,  Nro. 26-29,  Pa.....