DISPOSITIVA
   En base a las precedentes consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito  Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República  Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
  PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. ORLANDO BARRIENTOS, en su condición de Defensor Privado del Ciudadano KRISTIAN DAVID TORREALBA, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal, de fecha 18-12-2015 y fundamentada en fecha 18-01-2016, DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano  KRISTIAN DAVID TORREALBA HURTADO, Cédula de Identidad  NºV-20.668.409; supra identificado, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por haberle encontrado culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de  ROBO AGRAVADO, y AGAVILLAMIENTO, respectivamente, tipificado en el artículo 458 y 286 del Código Penal.
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