En mérito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, el ciudadano: LUIS ENRIQUE CASTILLO TORRES, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-5.875.819, fallecido en fecha 09/08/2025 a consecuencia de FALLA MULTIORGANICA, METASTASIS MULTIPLE ADENOCARDINOMA PROSTATICO, tal como se evidencia de Registro de Defunción expedido por el Registro Civil Municipal, Municipio Caroní del Estado Bolívar, la cual quedó anotada bajo el Acta Nro. 2335 del año 2025; a los ciudadanos: LUISANDER JOSE CASTILLO LEON, LUISAIDA DEL CARMEN CASTILLO LEON Y LUISANA DEL VALLE CASTILLO LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad nros. V- 17.407.33.....