DISPOSITIVO
En fuerza de los razonamientos Precedentes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la querella por interdicto de amparo Agrario demandada por AGROPECUARIA DINASTÍA OSORIO C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo con Sede en Ciudad Bolívar, bajo en número 1 del año 2004, Tomo 1-A-Sdo, de fecha 27 de enero de 2004, con Registro de Información Fiscal Nº 311027513, Representada por su presidente ciudadano JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ OSORIO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad personal número V-10.045.261, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 43.784, quien está debidamente facultado según costa en la cláusula Decima Primera de su Acta de.....