PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada YENIREE BLANCO ANGULO, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 300.581 actuando en su propio nombre y representación de los codemandantes YENIFER BLANCO ANGULO y JOSÉ LUIS BLANCO ANGULO identificados en autos, contra la decisión interlocutoria de fecha 28 de noviembre del año 2024, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de esta Circunscripción Judicial, la cual decidió: "NIEGA por improcedente la medida preventiva de Secuestro Solicitada por los demandantes"; ratificándose la misma, con la salvedad del cambio de motivación supra expuesta.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código adjetivo Civil, se condena en costa del presente recurso, al accionante recurrente.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión.