/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado: EDIXON JESÚS CHIRINOS PÉREZ, titular de la cédula de identidad 14.843.504. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al penado y a la defensa. REMITASE EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, A LOS FINES DE SU ARCHIVO Y CONSERVACION EN SU OPORTUNIDAD LEGAL.- REGISTRESE.- PUBLIQUESE.- CUMPLASE.-