PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA incoada por el ciudadano JORGE ALEXANDER GONZALEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.728.319, de este domicilio y la ciudadana ANDREINA LISBETH ROQUE TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-16.220.594, de este domicilio.
SEGUNDO: Que Jorge Alexander González Martínez y Andreina Lisbeth Roque Tovar vivieron unidos de forma estable y permanente entre el mes de octubre de 2003 fecha hasta el 06 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive.