Este tribunal visto lo expuesto por las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 8 y literal "e", 27, 365, 366, 375 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte su HOMOLOGACION al acuerdo de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL en beneficio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y la joven adulta Marhylda Paulina Asuaje Carmona, presentado por las partes en fecha veintiuno (21) de Julio de 2017, por los ciudadanos AURORA RAMONA CARMONA HERRERA y PABLO ALEJANDRO ASUAJE VALENZUELA, ya