Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Resolución del Contrato de Venta con reserva de dominio celebrado entre las partes, en fecha 12-07-2013 ; sobre un vehículo usado, Marca TOYOTA, Modelo COROLLLA 1.8 , Año 2001, Color AZUL , Clase: MINIBUS, Serial de Carrocería: 8XA53AEB215008164, Serial del Motor: 7AJ063222, Tipo SEDAN, Uso Particular, Placa: MCZ55H, Que sigue, el Ciudadano EMAD SAMARA SAMARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V- 12.599.428., contra los ciudadanos NOHELIA DEL CARMEN MELENDEZ y LUIS EVENCIO FIGUERA , Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 8.897.150 y 8.885.830 de este domicilio.-
SEGUNDO: Se conden.....