Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Juzgado Tercero de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 ordinal 3° y 26 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD del ACUSADO WLADIMIR ANTONIO SILVA ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.010.054, y su Defensor el Abogado WILLIAN CASTRO, quien hizo uso del ejercicio del derecho, que le otorga el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de lo cual SE ORDENA prescindir de los Jueces Escabinos a los efectos del presente proceso de enjuiciamiento, por lo que se fija la audiencia oral de juicio para el día 19.10.09, a las 10:30 a.m. dejándose sin efecto la audiencia de Constitución de tribunal Mixto convocada para el 28.10.09,a las 08:30 AM., garantizándose la vigencia de una justicia exped.....