DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Penal Cuarto de Juicio, constituido en forma Mixta, por Unanimidad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE al ciudadano EDGAR ALEJANDRO CÓRDOVA YÁNEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 20.079.780, mayor de edad, nacido el día 09-04-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio Carpintero, hijo de Pablo Córdova y Virginia Yánez, residenciado en Sector Jerusalén, Calle Trujillo, Casa N° 02 bajando por la Licorería “La Gelga”, de esta ciudad por la comisión del delito de Robo Genérico, tipificado en el artículo 455 del Código Penal, Acordándose en consecuencia su Libertad Plena desde esta Sala de Audiencias, quedando sin efecto la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad que había sido impuesta por el Tribunal Cuarto de Control e.....