este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERDICCION DEFINITIVA de la ciudadana ASCENCION TORRES DE VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.758.522; en consecuencia, se designa como TUTOR DEFINITIVO de la mencionada ciudadana, al ciudadano RAFAEL DOMINGO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.505.495, quien deberá comparecer por ante este Tribunal el TERCER día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, a manifestar su aceptación o excusa, sobre el cargo recaído sobre su persona, y en el primero de los casos a prestar el juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación, con la debida advertencia, que deberá protocolizarse la presente decisión en el Registro Principal Civil del estado Lara.....