En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR DÉCIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: De conformidad con los artículos 356, 358, 359, 360 y 361, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO EN FASE PREPARATORIA, seguido al ciudadano imputado SARGENTO SEGUNDO RHONNY RENALETTE RODRIGUEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.848.071, plenamente identificado en autos, por reunir los requisitos exigidos para su procedencia, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Asimismo, se fija como Plazo de Régimen de Prueba Seis (6) meses contados a partir de la presente fecha. En virtud de ello, de conformidad con el artículo 44 del Código Orgánico Pro.....