Se DECLARA que: 1) Se ANULA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 28 de julio de 2009. 2) Se REPONE la causa al estado de que se aperture el Cuaderno de Medidas respectivo y se desglose del Cuaderno Principal todas las actuaciones inherentes a la incidencia cautelar, agregándolas al mismo y se decida sobre la oposición a la medida cautelar formulada por la demandada INVERSIONES YACAMBU, C.A., identificadas en autos y así se decide. 3) No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.