Se DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA de cobro de bolívares interpuesta la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil DINACON BARQUISIMETO C.A., representada por el ciudadano MANUEL GUILLERMO UZCÁTEGUI OMAÑA, ya identificados. En consecuencia se CONDENA a la parte DEMANDADA a cancelar los siguientes montos: 1) Por concepto de saldo de capital adeudado, la cantidad de VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES SIN CENTIMOS (Bs. 26.675.000,oo); 2) Por concepto de intereses de mora, la cantidad de DIEZ MILLONES SETENCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 10.758.916,67), calculados desde el 01 de noviembre de 2000 hasta el día 30 de octubre de 2001, a la rata de interés que aparece reflejada en el pagaré mencionado; 3) La corrección monetaria por efectos de la devaluación que ha sufrido la cantidad reclamada durante el transcurso del juicio, la cual deberá ser calculada por experticia c.....