DISPOSITIVA
          Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Con  Lugar  el Recurso de Habeas Corpus, a favor de los ciudadanos:  EUCLIDES JOSÉ SOTO MARTÍNEZ titular de la cédula de identidad N° 9.627.881,  ALBERTO ENRIQUE SOTO MARTÍNEZ C.I. 9.627.882 Y CARLOS LUIS SUÁREZ C.I. 17.011.020,  de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos  23, 26 y  27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2,  38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: Respecto al ciudadano Carlos Enrique Vargas se DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Habeas Corpus por haber cesado la violación a la garantía constitucional el pasado 02-01-06, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordin.....