Considera esta Juzgadora que la voluntad expresa de la solicitante CECILIA MATILDE GRIMALDI GRUBER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.873.438, y de este domicilio, es que sea subsanado el error material asentado en su Partida de Nacimiento, asentada bajo el bajo el Nº 514, Libro 2, Tomo I del Registro Civil de Nacimientos llevado por llevado por la Primera Autoridad Civil del Distrito Heres del Estado Bolívar, durante el año 1.965, como consta que la solicitante arriba identificada, al ser presentada su madre con el nombre de "ELISA", señalando como correcto identificarla con el nombre de "ELISA DE LOURDES"; según los documentos aportados a la presente solicitud y como quiera que tal corrección no dimana ni origina efectos jurídicos contra terceros, sino sólo un interés personal que la prenombrada solicitante manifiesta en su referida solicitud, y acogiéndose el Tribunal a Jurisprudencias reiteradas de otros Tribunales de la República, y conforme a lo.....