Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, En cuanto a la medida a imponer, este Tribunal acuerda IMPONER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de conformidad con el artículo 256, ordinal 3º del COPP, como lo es presentaciones cada 15 días por la Taquilla de presentaciones de este Tribunal, en contra del ciudadano YONNY RAFAEL PERDOMO JIMENEZ, C.I. (...). SEGUNDO: se acuerda DEJAR SIN EFECTO la Orden de Aprehensión en contra del ciudadano YONNY RAFAEL PERDOMO JIMENEZ, C.I. (...), para lo cual se ordena librar los oficios a los Organismos de Seguridad del Estado. TERCERO: Se fija JUICIO ORAL Y PÚBLICO, para el día 30/01/2013, a las 09:00 AM. -