JUZGADO TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al Desistimiento del Procedimiento, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ahora visto; visto que la presente causa continúa con relación a la demandada Empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y PROYECTOS R.L. En tal sentido; este Tribunal, visto que la causa continua con relación a la demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y PROYECTOS y como quiera que las partes manifiestan estar en conversaciones a los fines de dar por concluida la presente causa solicitando la prolongación de la Audiencia; este Juzgado; de conformidad con.....