PRIMERO: Se admite totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Quinta   del Ministerio Público, en contra del  ciudadano  JOSE ANTONIO TOVAR ESCOBAR, ampliamente identificado,  por el delito de Homicidio Calificado, artículo 408, Ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de quien vida se llamó  Oscar Antonio González,  conforme a los hechos señalados en el tiempo, modo y lugar expresados en la acusación fiscal.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas  promovidas por  la fiscalía y que la defensa hizo suyas de conformidad al principio de comunidad de la prueba, salvo a su apreciación en la definitiva. TERCERO:  Se mantiene la  medida  de privación  judicial preventiva de libertad decretada conforme al  contenido  del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal  al referido acusado.
CUARTO: Se  ordena la apertura a juicio oral y público, para el enjuiciamiento del acusado y se emplaza a las partes que en un plazo común a 5 días concurran ante el Juez de Juicio. 
QUINTO:   Se orden.....