Este Tribunal, visto la voluntad de ambas partes y el cumplimiento efectuado en el pago por el monto señalado up supra da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA.