Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Habeas Corpus intentado por el ciudadano Abog. Luis E. Fidhel Gonzáles, ampliamente identificado, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2, 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a favor del ciudadano RAFAEL ALBERTO MONSALVE MONSALVE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 96.072.245. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad.