Este Tribunal Militar Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Pública Militar, decreta: PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público Militar con Competencia Nacional referente a la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en perjuicio de los ciudadanos: ANTONI VLADIMIR ARAUJO GONZALES, titular de la cédula de identidad Nº. V-25.830.504, LUIS DAVID LUCERO CARDENAS, titular de la cedula de identidad Nº V-26.540.912, HECTOR MANUEL ELIE NIEVES JAIME, titular de la cédula de identidad Nº V-26.440.059, KERWIN JOSÉ MADRID SILVA, titular de la cédula de identidad Nº V-27.467.268, y KARINA DEL CARMEN TRIANA MOSQUEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-25.764.085 ., Por considerarlos presuntamente incursos en la presunta comisión de los delitos militares de DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD, INDEPENDENCIA Y LIBE.....