Por las razones expuestas, este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: "CON LUGAR" la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION del ciudadano ALFREDO ALEJANDRO CONTRERAS MEDINA, es decir, que en lo adelante en el acta de defunción de este ciudadano, debe aparecer la fecha real del fallecimiento fue el día Diecinueve (19) de Enero del año 2016 , corrección que debe hacerse en el acta Nº 168, llevado por el Registro Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar en el año 2008, en la forma como ha quedado señalado. Así se decide.