este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La NULIDAD de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada en fecha 06/05/2.022, mediante la cual se ordeno HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO, en la presente causa de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, instaurada por la ciudadana TERESA COROMOTO MARTINI ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.305.182, debidamente asistida por los Abogados CAROLINA ESMERALDA AREVALO RODRIGUEZ y YEAN CARLOS JOSE GUEDEZ HERNANDEZ, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 75.567 y 279.018 respectivamente, contra el ciudadano VICTOR ALBERTO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.726.626. En consecuencia:
SEGUNDO: Se REPONE la presente causa al e.....