DECISION
Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, incoado por la abogada en ejercicio María Beatriz Martínez Parra, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos María Antonieta Parra de Ruíz, María Regina Ruíz Parra, José Ruíz Parra, Carlos Alfonso Ruíz Parra y Lorena Antonieta Ruíz Parra, en contra del Instituto Nacional de Tierras; de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con el artículo 190 ejusdem. Así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, A LOS TRES (03) DIAS DEL MES D.....