Decisiones del dia 03/02/2016
N° Expediente :
FP01-R-2015-000042
N° Sentencia :
FG012016000013
Fecha: 03/02/2016
Procedimiento: Anular De Oficio La Decisión Recurrida
Partes: TRIBUNAL RECURRIDO: TRIBUNAL 1º EN FUNCIONES DE JUICIO ACCIDENTAL VCM DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL EDO. BOLÍVAR CIUDAD: PUERTO ORDAZ - ESTADO BOLÍVAR RECURRENTES: ABGS. CESAR ZAMBRANO, BENITOS SALAS, ABOG. JOSÉ LUIS GRAFFE, ABOG. JOSÉ MIGUEL PLAZ, ABOG. ABOG. JUAN CARLOS ESTEVES, ABG. ROBERT JOSÉ MUJICA, ABOG. LUIS JOSÉ ARAY ABOG. GUSTAVO ÁLVAREZ VÁSQUEZ, ABOG. GUSTAVO ÁLVAREZ Y ABOG. JESÚS ORANGEL EL MINISTERIO PUBLICO: ABOG. ARMANDO SAAVEDRA Y ABOG. KARINA LOBELUZ MINISTERIO PUBLICO ACUS
Resumen:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: De Oficio ANULAR, conforme a los artículos 26, 49 y 257 Constitucionales, y 157, 175 y 179 en relación al articulo 346 todos del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión recurrida dictada en fecha 22 de Julio de 2014 en su dispositiva y posterior fundamentación en fecha 13NOB2014; y mediante la cual Se condeno a los ciudadanos MAURERA RIVAS YAZMIN JOSEFINA; (...), BARRETO DICURU LEOMER JESÚS; (...) y LANDEROS BURGOS RICARDO ENRIQUE; (...), a cumplir la pena de Treinta (30) años de prisión por la comisión de los delitos de TRATA DE PERSONAS, y ASOCIACION PARA DELINQUIR, (...), en perjuicio de las niñas (se omiten identidades por razones de ley);en el caso del ciudadano HUMBERTO JOSE GUERRA, (...), se le condeno a cumplir la pena de Treinta (30) años.....
Juez/Ponente:
Gilberto López Medina
Organo:
Corte de Apelaciones
N° Expediente :
42256
N° Sentencia :
Fecha: 03/02/2016
Procedimiento: Mero Declarativa De Concubinato
Partes: NIRUMA LUCIA AGUILERA GONZALEZ
Resumen:
Sentadas las premisas anteriores, y observando el Tribunal que consta plenamente en autos que desde el 29/11/2013, fecha de la última actuación procesal que riela en el expediente, hasta la fecha del presente auto, ha transcurrido más de un (1) año de inactividad procesal plena, y no encontrándose la presente causa en la etapa de vistos, por lo que este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12, 15, 242, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la doctrina y la jurisprudencia antes citada DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de y en consecuencia EXTINGUIDO el proceso, y así expresamente se decide en nombre de la República y por autoridad de la ley.
Juez/Ponente:
José Sarache Marín
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz