Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Amenaza, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en los ordinales 5º, 6º y 13º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 9º consistente en presentaciones cada vez que el órgano jurisdiccional así lo requiera. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial.-