DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCIÓN POR DESPOJO, intentada por la ciudadana MIREYA MARITZA GUAIDO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-4.340.288, de este domicilio, contra los ciudadanos MARLON HILARIO FARIAS GUAIDÓ, TRINO RAMON GUAIDÓ y ROMULO SANTIAGO GUAIDÓ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nos 19.241.253, 9.615.452 y 15.666.191, respectivamente, de este domicilio; SEGUNDO: Se condena en costas al querellante por haber sido totalmente vencida en el presente juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil.-