De todo lo observado se evidencia que al manifestar la Juez inhibida su voluntad de no seguir conociendo no está obligada a ello, ya que el allanamiento no produce una eficacia determinante para el juez allanado; teniendo éste, la posibilidad de insistir en separarse de seguir conociendo del asunto, a pesar del allanamiento realizado por la parte que le honra, ya que solo la juez inhibida conoce su propia interioridad, no garantizando su idoneidad para juzgar con imparcialidad, tal como expresamente lo manifiesta al señalar en el acta de inhibición que las expresiones del abogado Mogollón " me predisponen y afecta mi esfera moral"... y agrega en el escrito de contestación al allanamiento que a raíz de los comentarios despectivos del antes citado abogado "debe quedar claro que lo que ha sido lesionado es el fuero interno de quien suscribe"... Ahora bien, vista la manifestación de voluntad de no seguir conociendo de la Juez inhibida, luego de haber sido allanada; dicha confesión lo rel.....