SE DECLARA DE OFICIO EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra de la ciudadana: RICO RICO NIURKA DAMARIS, C.I Nº V-19.598.036, Ex plaza de la Direccion de Armamento y Electrónica de la Armada Nacional, residenciada en: : Ruiz Pineda, Telares de Palo Grande Final de la Calle Bambu, Casa Nº 5-2 Caracas Dtto. Capital, quien se encuentra involucrada en la comisión del delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de acuerdo a lo establecido en los artículos 45 y 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL Y POR ENDE LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL MILITAR SEGUNDO: Se procederá a remitir las actas de la Causa correspondiente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar de acuerdo a lo pautado en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar en su oportunidad legal.