Este Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la   demanda  intentada por  la Ciudadana BELTRI ALTAGRACIA ALVARADO TIRADO por motivo de solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL actuando en representación de su madre la ciudadana LUCILA RAMONA TIRADO RODRIGUEZ, asistido por el Abg. LUIS RAFAEL ALDANA IZEA, contra  a la Sociedad Mercantil ARTICOOL AIRE ACONDICIONADO, C.A. representada por su Vicepresidenta Ciudadana HERLINA ALEXANDRA NARVAEZ VILORIA, todos identificados  en  autos.