Este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda intentada por la Ciudadana BELTRI ALTAGRACIA ALVARADO TIRADO por motivo de solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL actuando en representación de su madre la ciudadana LUCILA RAMONA TIRADO RODRIGUEZ, asistido por el Abg. LUIS RAFAEL ALDANA IZEA, contra a la Sociedad Mercantil ARTICOOL AIRE ACONDICIONADO, C.A. representada por su Vicepresidenta Ciudadana HERLINA ALEXANDRA NARVAEZ VILORIA, todos identificados en autos.