Declara DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión proferida en Audiencia de Presentación de imputado celebrada en fecha 27 de Febrero de 2011 y fundamentada en fecha 28 de Febrero del mismo año por el Tribunal de Control N° 02 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual otorgó las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privativa de Libertad consistentes en presentación periódica una vez cada quince (15) días y prohibición de salida del país, a favor del ciudadano Jerry Asdrúbal Colmenárez Pérez, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3º y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.