Este Tribunal de Ejecución Nº 4, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la suspensión condicional de la ejecución de la pena al ciudadano ANYIRO GIANCARLOS APONTE GUDIÑO, cédula de identidad Nº 19.198.130, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 499 del Código Orgánico Procesal Penal, por incumplimiento de las obligaciones impuestas por el tribunal de ejecución y por haber sido admitida en su contra una nueva acusación. Se ordena oficiar al tribunal de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Pernal del estado Yaracuy a los fines de que remita la causa UP01-P-2006-003091 a los fines de decidir si procede o no la acumulación. Una vez recibida la información requerida, se ordena la actualización del cómputo.